Cómo detectar un fraude de renta antes del depósito 2026
La regla que te salva: primero ves el depa, luego firmas, luego pagas. Banderas rojas, cómo verificar al dueño y qué hacer si ya transferiste.
Cuándo no pagas ISR al vender tu casa en México: límite 700,000 UDIS ($6.18 M en 2026), regla de 3 años y checklist completo de documentos para el notario.
Incluye el valor UDIS vigente a junio 2026 ($8.834391 pesos, Banxico SIE) y la confirmación de que la reforma fiscal 2026 (DOF 28/12/2025) no modificó el artículo 93 fracción XIX LISR. Los umbrales de exención y la regla de los 3 años permanecen sin cambio.
La respuesta corta: probablemente no. La exención del ISR por venta de casa habitación es una de las pocas ventajas fiscales realmente generosas para personas físicas en México, y aplica a la mayoría de las ventas residenciales. El fundamento legal es el artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: "Los derivados de la enajenación de casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de setecientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público."
Hay dos actores clave en esta operación. El vendedor puede quedar exento del ISR si cumple los requisitos. El comprador paga el ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles), que es un impuesto estatal completamente diferente — no te confundas: son personas distintas pagando impuestos distintos. El notario calcula y retiene ambos. Si también planeas adquirir otro inmueble tras la venta, la guía completa para comprar casa en México cubre todo el proceso — y el directorio de agencias inmobiliarias te conecta con especialistas por ciudad.

Para que el notario aplique la exención sin retener un peso de ISR, debes cumplir cuatro condiciones simultáneamente. Si falla una sola, el impuesto se retiene. Sin excepción.
El SAT no exige que hayas vivido ahí los últimos 5 años ni un periodo mínimo establecido. Lo que verifica es que el inmueble era tu domicilio efectivo y habitual al momento de la venta. La evidencia son los comprobantes: recibos de CFE, estados de cuenta, inscripción escolar de hijos en esa dirección. Si tienes esos documentos con esa dirección, cumples.
Muchos asumen que cualquier propiedad que poseen califica para la exención. No es así. Una casa de vacaciones en Tulum, un departamento rentado por Airbnb — las propiedades de inversión vacacional tienen su propia lógica fiscal, detallada en el análisis de rentabilidad Airbnb Tulum vs Playa del Carmen —, una segunda vivienda donde "a veces te quedas", o un inmueble de inversión que nunca usaste como domicilio — ninguna califica. La diferencia entre casa habitación y segunda propiedad puede costarte hasta el 35% de la ganancia en ISR. Verifica antes de firmar la promesa de compraventa.
Las UDIS (Unidades de Inversión) son unidades de valor que el Banco de México actualiza diariamente conforme a la inflación. Esto significa que el límite de exención sube cada día automáticamente — no es un monto fijo en pesos. La ventaja: tu límite crece con la inflación sin que el SAT tenga que reformar la ley.
| Mes | Valor UDI promedio | 700,000 UDIS en pesos |
|---|---|---|
| Enero 2026 | $8.673 pesos | $6,071,100 MXN |
| Febrero 2026 | $8.703 pesos | $6,092,100 MXN |
| Marzo 2026 | $8.749 pesos | $6,124,300 MXN |
| Abril 2026 | $8.820 pesos | $6,174,000 MXN |
| Mayo 2026 | $8.841 pesos | $6,188,700 MXN |
| Junio 2026 (5-jun) | $8.834 pesos | $6,184,074 MXN |
Ejemplo práctico (junio 2026): Compraste tu casa en Coyoacán en 2016 por $1,800,000 MXN. La vendes hoy por $4,500,000. Ganancia bruta: $2,700,000. Límite exento: $6,184,074. Resultado: el precio de venta está por debajo del límite → exenta total, pagas $0 de ISR. Eso sin contar que el costo de adquisición actualizado por inflación sería aún mayor, reduciendo la ganancia calculada. Si tras la venta planeas comprar con crédito, la guía sobre el crédito Infonavit T100 paso a paso te ayudará a calcular tu capacidad de endeudamiento para la siguiente operación.
Entra a calculadora-udi.com o directamente al SIE de Banxico. El notario usa el valor oficial vigente en la fecha de firma — no el de un día antes ni después. Si tu operación está cerca del límite, esa diferencia diaria puede ser de varios miles de pesos.

La restricción está en el segundo párrafo del artículo 93 XIX LISR: "La exención será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que ya hubiera obtenido la exención." Tres matices que casi nadie explica bien:
El fedatario tiene obligación legal de consultar el portal de enajenaciones del SAT para revisar si vendiste casa habitación en los 5 años inmediatos anteriores (no solo 3). Esto es para que el notario detecte operaciones anteriores y pueda verificar si en alguna de ellas se aplicó la exención dentro del periodo de restricción. Si el sistema del SAT indica que ya la usaste dentro de los últimos 3 años, el notario no puede aplicarla, punto — aunque tú declares lo contrario.
| Fecha de venta anterior con exención | ¿Puedo usar exención a partir de? |
|---|---|
| 15 de marzo de 2023 | 15 de marzo de 2026 ✓ |
| 3 de agosto de 2023 | 3 de agosto de 2026 ✓ |
| 20 de enero de 2024 | 20 de enero de 2027 ✗ (aún no) |
| 1 de junio de 2025 | 1 de junio de 2028 ✗ (aún no) |
| Vendiste SIN exención (pagaste ISR) | En cualquier momento ✓ |
No todo se pierde. La exención aplica hasta el monto equivalente a 700,000 UDIS; solo el excedente paga ISR. Y hay deducciones importantes que reducen la ganancia real antes de calcular el impuesto.
El artículo 121 de la LISR permite deducir cuatro tipos de gastos actualizados por inflación (factor INPC) para reducir la ganancia antes de aplicar la tarifa ISR:
Después de las deducciones, la ganancia real suele ser significativamente menor a la diferencia bruta entre precio de compra y precio de venta. Eso puede llevar una venta aparentemente "por encima del límite" a quedar exenta o a pagar ISR solo sobre una fracción pequeña.
El artículo 129 del Reglamento de la LISR establece una regla que muchos desconocen: la exención incluye el terreno, pero solo si su superficie no excede tres veces el área cubierta construida. Ejemplo: si tu casa tiene 150 m² construidos, la exención cubre hasta 450 m² de terreno. Si tu lote es de 700 m², los 250 m² adicionales pagan ISR de forma proporcional. Esto afecta sobre todo a propiedades en zonas suburbanas o casas en terrenos grandes — con frecuencia en fraccionamientos de Monterrey y Guadalajara donde los lotes suelen ser amplios.
Explora propiedades verificadas por ciudad — filtra por precio, colonia y tipo de inmueble.
El error más común que veo en ventas que se complican: el vendedor llega sin los comprobantes de domicilio. Sin ellos, el notario no puede acreditar la casa habitación y retiene el 20% de la ganancia como pago provisional. Lleva estos documentos desde el primer día:

El SAT no acepta declaración verbal de que era tu residencia habitual. El notario necesita documentos objetivos con la dirección. Si tu nombre no aparece en los recibos de servicios de esa propiedad, solicita a Hacienda local o al SAT un cambio de domicilio fiscal con anticipación — no el día de la escritura.
El notario actúa como agente retenedor del ISR por mandato del artículo 126 de la LISR. Esto significa que si el ISR aplica, él lo retiene y lo paga al SAT — no es opción ni depende de tu voluntad. El proceso tiene 5 pasos:
Antes de calcular nada, declaras bajo protesta de decir verdad: que el inmueble es tu casa habitación y que no has enajenado otra casa habitación con exención en los 3 años anteriores. El notario agrega esta declaración al instrumento público — tiene efectos legales.
El fedatario ingresa al portal de consulta para notarios del SAT y revisa si el vendedor tiene operaciones de casa habitación registradas en los últimos 5 años. El resultado queda asentado en la escritura. Si el sistema reporta una operación con exención dentro del periodo, el notario no puede aplicarla.
Toma el precio de venta, resta el costo de adquisición actualizado por el factor INPC (Art. 124 LISR), descuenta mejoras, gastos notariales y comisiones con CFDI. El resultado es la ganancia real ajustada. Si esa ganancia es menor a $6,184,074 MXN (700,000 UDIS a junio 2026), aplica exención total.
Si la ganancia cabe dentro de los 700,000 UDIS: exención total, ISR = $0. Si supera el límite: calcula el ISR solo sobre el excedente, dividiéndolo entre los años de tenencia (máximo 20) para aplicar la tarifa progresiva del artículo 152 LISR. Retiene ese monto y lo entera al SAT dentro de los 15 días hábiles siguientes a la firma.
Dentro de los 15 días siguientes presenta el reporte DeclaraNOT (tipos 24 y 25) en el portal del SAT. Te entrega una constancia con el desglose completo: precio de venta, costo de adquisición histórico y actualizado, deducciones, ganancia, monto exento y retención — si aplica. Guarda esa constancia: la usarás en tu declaración anual.
La exención no te libera de reportar la operación. En tu declaración anual de ISR (que presentas en abril del año siguiente), debes incluir el ingreso exento por la venta de casa habitación. El sistema del SAT lo detecta a través del DeclaraNOT del notario — si no lo declaras, pueden mandarte un requerimiento o abrir una revisión. No declarar una operación exenta es el error más común y evitable.

Un asesor de Ogarom puede revisar tu situación fiscal antes de la escritura, orientarte sobre costos reales y coordinar con el fedatario.
Estos son los siete escenarios donde la exención no procede, aunque el vendedor la espere. Si te identificas con alguno, habla con un contador antes de firmar la promesa de compraventa — no en la notaría el día de la escritura.
| Escenario | ¿Aplica exención? | ISR estimado | Base legal |
|---|---|---|---|
| Casa habitación, venta < $6.18 M, primera vez en 3 años | ✅ Sí, exenta total | $0 | Art. 93-XIX-a LISR |
| Casa habitación, venta > $6.18 M (ejemplo: $8 M, ganancia $2 M) | ⚠️ Parcial — ISR solo sobre excedente | ISR sobre el excedente > $6.18 M | Art. 93-XIX-a + Art. 152 LISR |
| Ya usó la exención hace 2 años en otra venta | ❌ No aplica | Retención 20% provisional sobre la ganancia | Art. 93-XIX párrafo 2 LISR |
| Segunda vivienda / casa de vacaciones / Airbnb | ❌ No aplica | ISR sobre ganancia completa (hasta 35%) | Art. 120 LISR |
| Casa heredada donde el heredero no vive | ❌ No aplica | ISR sobre la ganancia completa | Art. 120 LISR |
| Extranjero NO residente fiscal en México | ❌ No aplica | 25% del precio total O 35% de la ganancia | Art. 160 / 161 LISR |
| Inmueble mixto (parte habitacional, parte comercial) | ⚠️ Proporcional | ISR solo sobre la fracción no habitacional | Criterio SAT 42/ISR/N |
La exención del artículo 93 XIX LISR aplica a personas físicas residentes fiscales en México. Si eres ciudadano extranjero que vivió en México más de 183 días en el año de la venta, puedes calificar si acreditas la residencia conforme a la Regla 3.11.4 de la RMF 2026. Si no eres residente fiscal, el tratamiento es completamente diferente: pagas el 25% del precio total de venta (artículo 160 LISR) o el 35% sobre la ganancia neta (artículo 161 LISR), a tu elección. Para los extranjeros con fideicomiso en zona restringida, la situación tiene capas adicionales — lee la guía sobre fideicomiso de zona restringida en México antes de decidir. Si buscas propiedades en Ciudad de México como extranjero, explora el inventario disponible en CDMX.
La exención requiere que el inmueble sea tu casa habitación — el domicilio donde vives. Si heredaste una propiedad pero no la usas como residencia principal, no califica. Si después de heredarla te mudaste ahí y puedes acreditarlo con comprobantes de domicilio (recibos CFE, estados de cuenta), entonces sí puede calificar. En este caso el costo de adquisición que se usa para calcular la ganancia es el valor de avalúo al momento de la herencia, no el precio original que pagó el testador.

Tres preguntas que puedes responder tú mismo antes de contactar al notario. Si las tres responden «sí», es muy probable que califiques:
“Nota de experiencia: el trámite que más tiempo ahorra es pedir al notario que consulte el portal del SAT antes de firmar la promesa de compraventa. Esa consulta tarda menos de 15 minutos y te confirma si la exención aplica. Si esperan hasta el día de la escritura y la consulta arroja que ya usaste la exención, el proceso completo se retrasa semanas mientras el comprador y el vendedor renegocian quién absorbe el ISR. Un asesor inmobiliario certificado en Ogarom puede coordinar esa verificación temprana.
Si tu operación tiene complejidades — casa heredada, copropiedad, inmueble con uso mixto parcial, o eres extranjero con más de 183 días en México — el análisis requiere un contador fiscal o un abogado inmobiliario además del notario. El régimen de enajenación de bienes del SAT tiene una calculadora de terceros en Contexto Inmobiliario que puede darte una primera estimación. El SAT no tiene calculadora propia para este régimen.
Si estás pensando en poner tu casa en venta, también puede interesarte revisar cómo comprar casa en CDMX 2026, explorar el mercado de Mérida o buscar directamente un asesor para tu ciudad en Ogarom — los asesores verificados pueden guiarte desde la fijación de precio hasta la escritura.
Los datos de este artículo están verificados contra la LISR vigente y el valor UDIS de Banxico al 5 de junio de 2026. No constituyen asesoría fiscal ni jurídica. Consulta a un Contador Público Certificado o notario público antes de realizar cualquier operación. Este artículo se revisa trimestralmente.
Los asesores de Ogarom coordinan con el notario y pueden verificar tu exención antes de firmar la promesa de compraventa.
